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La ANMAT prohibió un antibiótico inyectable y dos marcas de aceite de oliva
La ANMAT ordenó el retiro inmediato del antibiótico inyectable Clindamicina Klonal tras detectar partículas en suspensión. Además, prohibió dos marcas de aceite de oliva con registros falsos. La medida fue oficializada mediante la Disposición 7695/2025 publicada en el Boletín Oficial.
La ANMAT prohibió un antibiótico inyectable y dos marcas de aceite de oliva

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición inmediata del uso, comercialización y distribución en todo el país del antibiótico inyectable Clindamicina Klonal, luego de detectar partículas en suspensión en varias unidades del lote afectado.

La medida, oficializada a través de la Disposición 7695/2025 publicada en el Boletín Oficial, abarca el producto “CLINDAMICINA KLONAL / CLINDAMICINA (como fosfato) 600 mg/4 ml, inyectable para perfusión, presentación 100 frascos ampolla por 4 ml, lote I2501, vencimiento 01/27, Certificado Nº 43.852”, fabricado por la empresa KLONAL S.R.L.

Según informó el organismo, la detección de partículas visibles de distinto tamaño motivó la intervención del Departamento de Vigilancia Post Comercialización del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME), que evaluó el caso como de criticidad “MAYOR”, lo que implica un potencial riesgo grave para la salud pública. 

Riesgo sanitario y retiro del mercado

De acuerdo con la ANMAT, este tipo de incidentes puede derivar en efectos adversos serios en pacientes, dado que el medicamento se utiliza en tratamientos de infecciones severas. Por tal motivo, se instruyó a la empresa KLONAL S.R.L. a recuperar todas las unidades del lote involucrado.

“La administración de un producto con este tipo de desvío de calidad representa un riesgo para la salud pública”, señaló la disposición, que además advirtió sobre deficiencias en el sistema de calidad farmacéutico y en los procesos de producción del laboratorio.

El procedimiento fue acompañado por el Instituto Nacional de Medicamentos y la Coordinación de Sumarios, organismos responsables del seguimiento técnico y administrativo del caso. 

Prohibieron dos marcas de aceite de oliva por registros falsos

En otra resolución, la ANMAT también prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país y en plataformas digitales de dos marcas de aceite de oliva por incumplir el Código Alimentario Argentino y presentar registros sanitarios falsos.

El primer producto afectado corresponde a “Aceite de oliva extra virgen artesanal, marca Olivos Andinos”, elaborado supuestamente en La Rioja. La investigación se inició tras una denuncia ante el Instituto de Control y Bromatología (ICAB) de Entre Ríos, que verificó, a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), que tanto el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) como el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) eran inexistentes.

El segundo producto prohibido fue “Aceite de oliva virgen extra Olea Nativa - Olive Oil”, con registros también falsificados y un supuesto origen en Mendoza. En ambos casos, el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) determinó que se trataba de productos apócrifos, sin garantías sanitarias ni trazabilidad

Advertencia a comerciantes y consumidores

La ANMAT recomendó no adquirir ni consumir los productos mencionados y denunciar su venta en farmacias, comercios o plataformas digitales. Además, recordó que los consumidores pueden verificar la autenticidad de los registros de productos alimenticios en el portal oficial del organismo.


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