El Gobierno Nacional dispuso la prohibición de elaboración, uso y comercialización de un aceite de oliva y diversos productos para el cabello por no contar con registros sanitarios oficiales. La medida se dio a conocer a través de tres disposiciones publicadas en el Boletín Oficial y fue avalada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), que calificó los artículos como “ilegales”.
Uno de los productos involucrados es el aceite de oliva extra virgen de la marca “Monte Oliva”, procedente de Mendoza, que fue alcanzado por la Disposición 5040/2025. Según detallaron las autoridades sanitarias, el producto “carece de registros sanitarios de establecimiento y producto, y está falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
A raíz de esta irregularidad, la Anmat explicó que el aceite “no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, por lo que no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la Argentina”.
Riesgos sanitarios y falta de trazabilidad
El caso fue abordado por el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional del INAL, que en conjunto con la Dirección de Higiene y Seguridad Alimentaria del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires utilizó el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA) para rastrear los registros del producto. La investigación arrojó que los datos declarados en el envase no existen en los registros oficiales.
En ese contexto, la Anmat advirtió sobre los peligros que representa la circulación de alimentos sin control oficial.