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Provinciales 24-08-22 | 08:40 hs.
Corrupción.
Causa Contratros: la Corte dio intervención a la Cámara Nacional Electoral
La Corte Suprema de Justicia de la Nación no resolvió aún en qué fuero queda la investigación penal por los contratos truchos en la Legislatura, aunque por recomendación del Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, derivó para que emita opinióin la Cámara Nacional Electoral.
Causa Contratros: la Corte dio intervención a la Cámara Nacional Electoral

Una resolución firmada este martes por los cuatr omiembros de la Corte -Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti- dispuso, «de conformidad con lo vdictaminado por el señor Procurador General de la Nación interino, a sus efectos, remítanse las actuaciones a la Cámara Nacional Electoral. Hágase saber al Juzgado Federal n° 1 de Paraná y al Juzgado de Garantías n° 1 de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos».

La cuestión de competencia entre la Justicia Federal y el fuero ordinario surgió tras una presentación que hubo en 2021 por parte de algunos abogados defensores de imputados en la causa contratos truchos. El 9 de junio de ese año el titular del Juzgado Federal N° 2, Edgardo Daniel Blanco, hizo lugaral pedido de los abogados Emilio Fouces, (defensor de Sergio Cardoso), José Velázquez (por Flavia Beckman, Esteban Scialocomo y Hugo Mena), Miguel Ángel Cullen (defensor de Gustavo Pérez y Pedro Opromolla) y Damián Petenatti e Iván Vernengo (por Alfredo Bilbao).

Los letrados habían planteado que la causa debía pasar al ámbito de la Justicia Federal puesto que existiría prueba que indica que los fondos investigados tendrían como fin “aportes y/o financiamiento” de campañas políticas partidarias en el período comprendido entre 2008 y 2018.

Al respecto, mencionaron que en octubre de 2019 se incorporó al caso documentación que un desconocido dejó en la puerta del estudio del abogado Miltón Urrutia, en la que surge la entrega y/o retiro de fondos bajo la leyenda “Gastos Sen., Duplicados Diputados …” donde se consigna a diversas personas del ámbito político que supuestamente habrían retirado dinero a los fines de afrontar gastos de la campaña política.

Los defensores plantearon entonces que “se estaría ante un eventual desvío de fondos obtenidos indebidamente a la actividad partidaria, en el marco de elecciones provinciales y nacionales por lo que, podría existir una violación a la Ley 26.215 (Ley de financiamiento de partidos políticos)”.

Al resolver, el juez Alonso sostuvo que la documental incorporada en octubre de 2019 y la pericial que se realizó luego –que determinó que la letra que figuraba era de Hugo Mena, uno de los imputados-, “sugiere, con elevado grado de probabilidad la investigación de cuestiones reservadas en forma exclusiva y excluyente por la normativa federal a la jurisdicción de la Justicia Nacional Electoral, al comprometer severamente la financiación de los Partidos Políticos en su intervención en diversas campañas, hechos que no desparecen con la aprobación administrativa por parte de la Justicia Electoral en los supuestos de eventuales delitos”.

Unos días antes, el 1º de junio, los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry dieron por concluida la investigación penal preparatoria y presentaron el pedido de elevación a juicio del expediente. En el escrito, de más de 500 páginas, sostienen que el monto sustraído de la Legislatura en el período investigado asciende a 52.927.878,50 dólares, lo que actualizado a mayo de este año (cotización dólar oficial $93,75 al 28/05) sería de $4.961.988.609.

Son 32 los imputados en la causa: Flavia Marcela Beckman; Hugo Rubén Mena; Esteban Ángel Scialocomo; María Victoria Ávarez; Alfredo Bilbao; Gustavo Hernán Pérez;  Roberto Ariel Faure; Verónica Caíno; Ángel Rubén Ferreyra; Fernando Gastón Sarnaglia; María Jazmín Mena Giovenni; María Macarena Álvarez; Andrea Noemí Beatriz Demartin: Sergio Esteban Cardoso; Alejandro Luis José Almada; Juan Pablo Aguilera; Diego Martín Pagnoni; Mariano Speroni; Hernán Javier Díaz; Marta Aurora Pérez; Maximiliano Degani; Pedro Eduardo Opromolla; Guido Daniel Karpp; Renato Jesús Mansilla; Juan Domingo Orabona; Jorge Enrique De Breuil; Jorge Fabián Lazzaro; Nicolás Beber; Jorge Pablo Balladares; José Javier Schneider; Viviana Giselle Mena Gioveni.

Pero la causa nunca se remitió a juicio porque en medio quedó trabada la cuestión de competencia.

Un mes después de que el juez federal de Paraná pidiera la causa contrato, la jueza de Garantías Marina Electra Barbagelata rechazó la inhibitoria para seguir tramitando la causa penal que investiga la supuesta existencia de contrataciones truchas de personal en la Legislatura y que según la imputación del Ministerio Público Fiscal entre 2008 y 2018 habría supuesto un drenaje de cuantiosas sumas de dinero hacia un destino que de momento no ha sido determinado. La cifra estimada del desfalco que proyectó Fiscalía sería del orden de los  $ 4.961.988.609.

«Negar la inhibitoria, ratificando la procedencia del fuero ordinario y la competencia de los tribunales de la Justicia de la Provincia, con asiento en Paraná», dice la resolución de la magistrada que, de ese modo, rechaza la petición formulada por el juez federal de Paraná, Daniel Edgardo Alonso, de girar las actuaciones a la Justicia Federal a partir de la petición formulada por los defensores de los imputados Gustavo Pérez, exdirector contable del Senado, Jorge De Breuil, Pedro Opromolla y Alejandro Almada.

La magistrada sostuvo que «al analizar los hechos que constituyen la acusación, los fundamentos del requerimiento de remisión a juicio,  los medios de prueba que se proponen para el juicio, y las disposiciones legales que se consideran aplicables, su correlación con los hechos y  con la intervención que atribuye a los imputados, concluyo sin lugar a dudas, que por la materia y las personas, la investigación o, mejor, el juzgamiento de los hechos de la causa Beckman, son de competencia ordinaria».

«En efecto -agregó Barbagelata-, los hechos que la Fiscalía investigara, y por los que hoy ha requerido la remisión de la causa a juicio contra los imputados, encuadran en delitos de naturaleza ordinaria (asociación ilícita (…) en concurso real con peculado reiterado (…) e incumplimiento de los deberes de funcionario público (…). Estos delitos, según la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal, fueron ejecutados en perjuicio del patrimonio de la Legislatura de la provincia de Entre Ríos,  a través de la realización de contrataciones de obra en nombre de ambas Cámaras, con personas que percibían una ínfima parte de los honorarios pactados, por las que no realizaban ninguna prestación a favor del Estado,  quedando el resto del dinero en poder de la organización».

En un cruce picante entre la jueza Barbagelata y el juez federal Alonso, se lee en la resolución: «No puede dejar de advertirse que los Fiscales entrerrianos valoraron la documentación en cuya existencia el Juez Federal subrogante basó la resolución que declara la competencia del fuero Federal, no sólo en el requerimiento de remisión de causa a juicio, sino también al contestar la vista sobre la inhibitoria planteada, expresando que la misma  ´confirma la hipótesis fiscal de que Hugo Rubén MENA -carente de toda actividad  política – partidaria, es uno de los principales responsables de la maniobra investigada y que en el afán de desviar la pesquisa, para que ésta recale en el Fuero Federal (ahora lo entendemos), se confeccionaron a la medida planillas con información falsa, que por «arte de mági[c]a» terminan apareciendo en la puerta del domicilio de un Letrado local´. Explican esta conclusión, en que ´25 hojas sueltas de cuaderno con nombres que no coinciden con el universo de los setecientos contratos investigados de las cuales 16 de ellas contienen un llamativo ´pie de página´ agregado por la mano de Mena y con un elemento escritor distinto al resto de las anotaciones, que rezan: ´Extra campaña J. Busti – retira – M. Fabre (Sen) – 75.000 – G. Taleb (Dip) 100.000´. Señalan que ello se desprende no sólo del modo irregular de su aparición, sino de la confrontación de los datos de las planillas con información remitida por el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A., en la que no se registran libramientos de cheques a nombre de las personas consignadas en esas listas, contra la cuenta de la Cámara de Diputados en el período 2008-2011. También describen que la otra documentación que apareció junto a las mencionadas planillas, consiste en una constancia de AFIP a nombre de Hugo Mena, correspondiente al 06/04/2016; un recibo de ´Integral Asesoría´ a nombre de Flavia Beckman de fecha 09/08/2011 sin ninguna otra aclaración; y noventa y dos talonarios de facturas a nombre de distintas personas, tres de los cuales tan sólo, contienen facturas extendidas a nombre de la Honorable Cámara de Diputados, datadas 29/12/2011, fecha totalmente distinta a las que aparecen en las planillas manuscritas».

Negó la jueza que el producido de la operatoria de los contratos truchos en la Legislatura se hubiera destinado a financiar actividad política -en ese caso, debería intervenir la Justicia Federal- sino que a partir de la información colectada por la Fiscalía, la acusación sostiene que «los imputados asociados entre sí, aplicaron el producto de los delitos al desarrollo de actividades pecuarias mediante la compra y venta de ganado, a la compra inmuebles y al desarrollo inmobiliario mediante la construcción de edificios, al pago de los servicios de personas que se desempeñaban en actividades particulares. Contrariamente, no surge de la pieza procesal de acusación que se hubiera derivado a la actividad político-partidaria, ordinaria (habitual) y/o extraordinaria (electoral) nacional, cuyo control de legalidad se encuentre expresamente a cargo de la jurisdicción especializada atribuida a este Juzgado Federal con competencia electoral».

En ese brete, la Corte debió intervenir para resolver la cuestión de competencia. Así las cosas, la causa contratos truchos en la Legislatura sigue a la espera de que se resuelva qué juez finalmente tomará en sus manos la investigación y lleve el caso a juicio oral.

Fuente: Entre Ríos Ahora


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